- SERVICIOS DE LA DDU -

La Defensoría de los Derechos Universitarias fue creada para brindar gratuitamente atención a todos los integrantes de la comunidad universitaria, de acuerdo con la legislación vigente de la universidad.

Los servicios que ofrece a la comunidad universitaria consisten fundamentalmente en:

Brindar orientación sobre los derechos universitarios

  • Recibir y atender quejas, reclamaciones, inconformidades o denuncias que vulneren los derechos de todos los  que integran la comunidad universitaria
  • Solicitar los informes, así como las investigaciones o estudios necesarios a los funcionarios correspondientes
  • Promoverá soluciones inmediatas y conciliatorias que terminen con la afectación al derecho universitario que se reclama
  • Velar por la aplicación y cumplimiento del orden jurídico universitario por parte de su comunidad.

Dentro de las competencias de la Defensoría Universitaria, también se encuentran:

  • Conocer de actos contrarios a los derechos consagrados en la Legislación Universitaria, con excepción de las afectaciones de carácter colectivo; resoluciones disciplinarias; derechos de naturaleza laboral; evaluaciones académicas y de comisiones dictaminadoras, salvo que se viole un derecho universitario distinto de las excepciones; ni de las situaciones que puedan impugnarse por otra vía establecida en la Legislación Universitaria.
  • Emitir en caso necesario, recomendaciones dirigidas a las autoridades que vulneraron los derechos universitarios de algún alumno, profesor o administrativo.

Así mismo, puede formular las recomendaciones que considere convenientes para perfeccionar aspectos de la Legislación Universitaria en cuanto a los derechos de estudiantes y académicos.

Dentro de las obligaciones de la Defensoría se encuentran:

  • Informar anualmente de sus trabajos al Consejo Universitario y al Rector.
  • Informar de manera especial cuando así se lo pida el Consejo Universitario y/o el Rector, de acuerdo con la importancia del asunto que así lo apremie.
  • Las demás que el Honorable Consejo Universitario determine.